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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FILOSÓFICAS
BIBLIOTECA EDUARDO GARCÍA MÁYNEZ
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE BIBLIOTECA

 

CAPÍTULO I

De su carácter, integración y funciones

Artículo 1.-Por acuerdo y designación del Consejo Interno del Instituto de Investigaciones Filosóficas, se establece la Comisión de Biblioteca como un órgano colegiado conforme a lo dispuesto en el Reglamento General del Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México. La Comisión está integrada por:

 

I         El Director del Instituto, quien la preside

II       El Coordinador de la Biblioteca, quien funge como Secretario

III       El Secretario Académico del Instituto, en ausencia del Presidente de la Comisión

IV       Un representante del personal académico que labora en la Biblioteca

V        Cuatro investigadores, miembros del personal académico  del Instituto y

VI       Un representante del personal administrativo que  labora en la Biblioteca.

 

              Artículo 2.- En ausencia del Presidente de la Comisión, el Secretario Académico del Instituto será quien presidirá las sesiones de la Comisión y podrá participar con derecho únicamente a voz.

Artículo 3.- Los investigadores y los representantes del personal de la Biblioteca, integrantes de la Comisión, los designará el Consejo Interno del Instituto y tendrán una vigencia de dos años, sin poder ser designados nuevamente en el periodo inmediato. Asimismo, deberán reunir los siguientes requisitos:

 

I      Los investigadores.

a) Tener cuando menos un año de servicios académicos en la dependencia, en el momento de su designación.

b) No ocupar en la Universidad ningún puesto   administrativo durante el desempeño de su cargo,

c) No haber sido sancionado por faltas graves contra la disciplina universitaria.

 

II     Los técnicos académicos.

a) Tener nombramiento que lo acredite en el área de Bibliotecología y

b) Haber laborado como mínimo, durante un año en actividades bibliotecarias.

III    El bibliotecario administrativo.

a) Haber laborado cuando menos, durante un año en actividades bibliotecarias, y

b) Haber obtenido el nombramiento por concurso.

Artículo 4.- Son funciones de la Comisión:

 

I  Auxiliar al titular de la dependencia, al Consejo Interno y al coordinador de la Biblioteca;

II Opinar sobre las políticas de desarrollo y crecimiento de la Biblioteca;

III Colaborar en las tareas de diseño, operación y evaluación de los servicios bibliotecarios y vigilar su aplicación;

IV Seleccionar el material documental, a partir de las bibliografías básicas que le haga llegar el personal académico y demás usuarios;

V Asegurar que las publicaciones que edita el Instituto se encuentren en la Biblioteca;

VI Prever sobre las necesidades presupuestarias de la Biblioteca para la adquisición de material documental, compra de mobiliario y equipo especializado;

VII Opinar sobre las necesidades del personal que labore en la Biblioteca y la ampliación de espacios y servicios;

VIII Coadyuvar en la vigilancia de los recursos destinados a la Biblioteca a fin de que éstos sean utilizados para los fines a los cuales fueron asignados;

IX   Elaborar y aprobar el Reglamento interno de la Biblioteca y el de la propia Comisión, así como las modificaciones de los mismos, los cuales se harán del conocimiento del Consejo Interno del Instituto.

X    Determinar las medidas generales para garantizar que se brinden con eficiencia, atendiendo sobre todo a los requerimientos de los investigadores del Instituto, los servicios de préstamo en todas sus modalidades, orientación e información, visitas guiadas, y otros servicios de información y documentación propios de la Biblioteca;

XI Conocer y vigilar los planes de capacitación, formación y desarrollo profesional del personal bibliotecario, y

XII    Las demás que se desprendan de su naturaleza y las que le confiera la legislación universitaria.

 

CAPÍTULO II

Del Presidente y el Secretario

Artículo 5.- El Presidente de la Comisión tiene las atribuciones y obligaciones que siguen:

1. Convocar a la Comisión para que sesione ordinaria y extraordinariamente;

2. Presidir las sesiones y, en caso de ausencia, instruir al Secretario Académico del Instituto para que las presida y

3. Proponer a la Comisión el orden del día.

4. Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Comisión.

Artículo 6.- El Secretario de la Comisión tiene las atribuciones y obligaciones que siguen:

1. Convocar a la Comisiónpara que sesione ordinaria y extraordinariamente;

2. Proponer a la Comisión el orden del día.

3. Levantar las actas de las sesiones y

4. Recibir y turnar a la Comisión por medio de su Presidente, las propuestas que haga el personal académico y administrativo del Instituto relacionadas con el funcionamiento de la Biblioteca.

 

CAPÍTULO III

De las sesiones

Artículo 7.- La Comisión tendrá sesiones ordinarias cada dos meses y extraordinarias cuando se requiera.

Artículo 8.-Para llevar a cabo las sesiones ordinarias, el presidente convocará a la Comisión con una semana de anticipación por lo menos; para las extraordinarias dos días antes.

Artículo 9.-Para la realización de las sesiones se deberá contar por lo menos con el 50% + 1 de los integrantes de la Comisión.

Artículo 10.-Los acuerdos de la Comisión se tomarán por mayoría simple de votos de los miembros presentes, excepto en el caso de modificaciones a los reglamentos de la Biblioteca o de la propia Comisión, en cuyo caso se requerirá el acuerdo de por lo menos dos tercios del total de miembros de la Comisión.

 

Artículo único transitorio

 Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por parte del Consejo Interno.

La Comisión de biblioteca, fue aprobada por el Consejo Interno del Instituto, en su sesión del 15 de abril de 2009.

El reglamento fue modificado el 28 de febrero de 2008.

 

Miembros de la Comisión de Biblioteca del

Instituto de Investigaciones Filosóficas 2009 - 2011

 

Dr. Guillermo Hurtado Pérez               Presidente

Mtro. Miguel Gama Ramírez                 Secretario

Dr. Miguel A. Fernández                   Secretario Académico
del Instituto / en ausencia del Presidente

Investigadores:

Dra. Amalia Amaya                        Dra. Maite Ezcurdia

Dra. Faviola Rivera                      Dr. Efraín Lazos

Biblioteca Eduardo García Máynez:

Sr. Aurelio Juárez Cruz
Sr. Elías Lethelier Matus

 

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